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Proceso Reclamación Plusvalía Municipal

Los pasos serían primero interponer escrito de reclamación plusvalía municipal y después la administración puede aceptar devolver el pago del impuesto o puede negarse.
Hasta que no recibamos respuesta y se termine esta vía administrativa no podremos demandar.
Probablemente la administración nos dará una respuesta negativa y desde entonces tendremos un plazo de dos meses para interponer la demanda. Pasado este plazo, ya no podremos demandar.

Los plazos en el ámbito del Derecho Administrativos son muy estrictos, y además en este caso no nos olvidemos que vamos a “pelearnos” con la Administración del Estado, por lo que es muy importante que estemos asistidos por un abogado experto en Derecho Tributario acostumbrado a interponer este tipo de reclamaciones de impuestos. Cualquier error en plazo y forma puede perjudicar gravemente nuestros derechos.

Si deseas realizar la reclamación de plusvalía municipal llámanos y pide cita sin compromiso con nuestros abogados especializados en Derecho Tributario.


Índice

¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto de plusvalía se aplica cuando se vende, se hereda o se dona un inmueble y se aplica con independencia de si existe o no un beneficio.

El impuesto de plusvalía ha generado mucha polémica porque con los grandes cambios que se han producido en el sector inmobiliario, muchos de los contribuyentes que han vendido un inmueble lo han hecho a un precio inferior al que compraron.

Cuando se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto de plusvalía.

En el caso de una donación o en el caso de una herencia, es la persona que recibe el bien quien deberá liquidar el impuesto ante el ayuntamiento en el que se encuentre el inmueble.

¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía municipal?

La base imponible se calcula en función del valor catastral del suelo bien y se multiplica por un coeficiente en función del tiempo que ha pertenecido al propietario, o al donante o al fallecido, en el caso de donaciones y herencias.

¿En qué casos se puede reclamar la plusvalía municipal?

Puede reclamar cualquier persona física o jurídica que haya pagado el impuesto de plusvalía en caso de haberse producido pérdida patrimonial y en las transacciones realizadas en los últimos cuatro años.

Sobre este impuesto, el Tribunal Constitucional falló en el 2017 en contra de la plusvalía municipal si se había vendido la propiedad con pérdidas por lo que podemos decir que pagar la plusvalía municipal es inconstitucional si has vendido tu propiedad con pérdidas.

También se puede reclamar en transmisiones con ganancias, ya que actualmente no existe norma que regule estas circunstancias. Podemos reclamar la devolución de todo lo pagado o bien la devolución de una parte argumentando que existe un error en el cálculo de la base imponible del impuesto.

Mucha gente todavía no lo ha reclamado y está a tiempo, así que no dudes en reclamar la plusvalía municipal porque es posible que recuperes ese dinero pagado indebidamente.

¿Cuánto dinero se puede recuperar con la reclamación de plusvalía?

El dinero que puedes recuperar depende de la situación en la que te encuentres:

  • Si se ha transmitido sin incremento de valor: podrías recuperar hasta el 100% de lo pagado.
  • Si se ha transmitido con incremento de valor: cuando la propiedad que has vendido, heredado o donado ha incrementado su valor durante el período de pertenencia, podrías recuperar hasta un 37,5% del impuesto. Esto dependerá del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del municipio en el que se encuentre.

Cada vez más sentencias anulan liquidaciones en las que un ayuntamiento exige el impuesto de plusvalía en una operación que ha generado pérdidas.

Por lo tanto, si deseas hacer la reclamación plusvalía municipal en Madrid, contacta con uno de nuestros Abogados. Valorarán tu caso y te ayudarán a recuperar los ingresos indebidos.

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